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01 agosto 2014

Extracto del Manual de Elaboración de Trabajos de Grado y Tesis conducentes a grado Académico

TITULO II.DEL TRABAJO DE LICENCIATURA Y  DEL TRABAJO DE INGENIERA. 
Capítulo I.DEL TRABAJO DE LICENCIATURA Y  DEL TRABAJO DE INGENIERÍA 
Sección Primera: Disposiciones Generales .


ARTÍCULO 21
Se entenderá por Trabajo de Licenciatura o Trabajo de Ingeniería, aquel trabajo basado en una aplicación de los conocimientos adquiridos en los estudios de Pregrado y consiste en un estudio sistematizado de un problema teórico o práctico que demuestre el dominio del área de la especialidad y los métodos de investigación propios de la misma, demostrando el (los) autor(es), capacidad para plantear el problema, aplicar las técnicas de investigación adecuadas, organizar y presentar el material y llegar a las conclusiones. El Trabajo de Licenciatura o el Trabajo de Ingeniería debe cumplir con los siguientes aspectos:
  • Congruencia del trabajo con la carrera que cursa el alumno.
  • Relevancia del trabajo en el área respectiva.
  • Pertinencia y vigencia de la bibliografía revisada en relación con los objetivos del trabajo.
  • Claridad, corrección y coherencia del lenguaje utilizado.
  • Pertinencia con las Líneas de Investigación Institucionales.
ARTÍCULO 22
El Trabajo de Licenciatura o el Trabajo de Ingeniería debe estar dedicado a un tema que se inserte a las líneas de investigación institucionales que apoyan el eje investigativo de la Carrera cursada, a excepción de que el Comité Técnico de Investigación del núcleo acepte algún tema de una materia diferente.
 
Sección Segunda: De Los Objetivos
 
ARTÍCULO 23
Los objetivos que se plantean con el Trabajo de Licenciatura y Trabajo de Ingeniería son:

Desarrollar aptitudes, habilidades, destrezas y actitudes en el alumno para analizar y resolver en forma coherente un problema concreto de investigación.

Profundizar, ampliar los conocimientos teóricos, prácticos y  metodológicos adquiridos a lo largo de la carrera.

Contribuir a un mejor conocimiento transdisciplinario de nuestra realidad social, científica y tecnológica.

Contribuir a estimular el desarrollo de la investigación en la universidad.

ARTÍCULO 24
El Trabajo de Licenciatura y/o Trabajo de Ingeniería contribuye con el desarrollo integral del alumno, estimulando sus habilidades y destrezas, disciplina y responsabilidad, necesarias para el desempeño efectivo en su especialidad.
 
ARTÍCULO 25
El Trabajo de Licenciatura y/o Trabajo de Ingeniería contribuye al mejoramiento y desarrollo de los sectores productivos y de servicios, mediante el aporte de las innovaciones técnicas científicas y del potencial creativo del alumno.  
 
Sección Tercera: De Los Requisitos Para La Presentación
Del Trabajo De Licenciatura Y Del Trabajo De Ingeniería
 
ARTÍCULO 26
El alumno podrá llevar a cabo la presentación del Trabajo de Licenciatura o del Trabajo de Ingeniería, una vez aprobada toda la carga académica según el Plan de Estudios de su Carrera.
ARTÍCULO 27
El Trabajo de Licenciatura o el Trabajo de Ingeniería puede ser realizado por un máximo de dos (2) alumnos, cursantes de la misma carrera y mención, siempre y cuando esté debidamente aprobado y justificado por el Tutor y que la complejidad del tema lo amerite.
 
ARTÍCULO 28
La Unidad de Gestión de Investigación (UGI), específicamente el Área de Proyectos Académicos de Pregrado, tendrá la responsabilidad de planificar, organizar, ejecutar y controlar todas las actividades concernientes a la elaboración y presentación del Trabajo de Licenciatura o del Trabajo de Ingeniería.
 
ARTÍCULO 29
La elección del objeto de estudio, su aprobación y la escogencia del Tutor, serán responsabilidad del alumno. A tal efecto éste deberá consultar con el Jefe de la Unidad de Gestión de Investigación, quien lo orientará sobre:
Las líneas de investigación institucionales y áreas definidas como prioritarias para la universidad.
Los Títulos de los Trabajos de Licenciatura o de los Trabajos de Ingeniería presentados y aprobados durante los últimos tres (3) años con especificación de los autores y tutores.
Los profesores que prestan servicios en la universidad y cumplan con los requisitos para ser tutores.
Los servicios de biblioteca y centro de documentación e información al respecto.
 
ARTÍCULO 30
La aprobación del tema objeto de estudio, será dada por la Unidad de Gestión de Investigación (UGI) del núcleo, una vez que haya sido aprobado el mismo, el alumno procederá a elaborar el proyecto de investigación. En el caso de que la Unidad de Gestión de Investigación (UGI), del núcleo, sugiera algún cambio del tema objeto de estudio, éste será acatado por el estudiante y deberá presentar uno nuevo.
 
 
 
 

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